REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001411
ASUNTO: BP12-S-2008-001411
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO y los recaudos que la acompañan, presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal, Extensión El Tigre, formulada por la ciudadana BERTA GUILLERMINA ROSAL, asistida por los Abogados MAGLENE PINTO y DUBRASKA VASQUEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 125.154 y 125.108.- El Tribunal observa que la peticionante, solicita la Rectificación de Partida de Nacimiento, en la cual aparece errado el apellido de su madre, por lo que solicita se sustituya el apellido ROSAL por el de LOZANO, como legalmente le corresponde. Ahora bien, de la revisión efectuada a los recaudos consignados en autos se evidencia que en la copia de la cédula de identidad y la constancia expedida por la ONIDEX aparece el nombre de la madre de la solicitante como MARIA RUFINA LOZANO MORENO y no como RUFINA LOZANO, como alega en su solicitud y en la copia certificada del Acta de Nacimiento, por lo que el Tribunal NIEGA la admisión de la misma por cuanto no coinciden los nombres de la ciudadana RUFINA LOZANO, con la copia certificada del Acta de Nacimiento, de la copia de cédula de identidad y de la constancia expedida por la ONIDEX.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
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