REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-F-2008-000134
ASUNTO: BP12-F-2008-000134

SOLICITANTES: AGUSTIN FELIX UGAS VELASQUEZ Y NILDE YRENE HERRERA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nº 5.992.182 Y 8.485.999 , respectivamente domiciliados en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistidos por el Abogado Oscar Antonio Marcano , inscrito en el InpreAbogado bajo el Nº 33.949.-
JURISDICCIÓN CIVIL PERSONAS.
Por libelo presentado en fecha, 06-05-2008 por los ciudadanos: AGUSTIN FELIX UGAS VELASQUEZ Y NILDE YRENE HERRERA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nº 5.992.182 Y 8.485.999 , respectivamente domiciliados en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistidos por el Abogado Oscar Antonio Marcano , inscrito en el InpreAbogado bajo el Nº 33.949, promovieron solicitud de divorcio con fundamento en el articulo 185-A del Código Civil y al efecto manifestaron: que en fecha 20 de noviembre de 1.79, contrajeron matrimonio civil, por ante la primera Autoridad Civil del Municipio Simón Rodríguez, tal como consta del acta de matrimonio que acompañan a la solicitud; que una vez formalizado el matrimonio fijaron el domicilio conyugal en la ciudad de anaco; que durante la unión matrimonial procrearon tres hijos todos mayores de edad en la actualidad, tal y como consta de sus actas de nacimientos; que su vida matrimonial se rompió irremediablemente desde el mes de diciembre del año 2000, habiéndose producido entre ellos una ruptura prolongada de la vida en común por mas de seis años es por lo que solicitan de mutuo acuerdo el divorcio conforme lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil; que durante la unión matrimonial no adquirieron ninguna clase de bienes .- Admitida la solicitud por auto de fecha, 14-05-2008, se ordenó la notificación de LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO de esta circunscripción judicial, quien fue notificada en fecha 02-06-08, lo cual se evidencia de la boleta consignada por el Alguacil de este Tribunal.-
Posteriormente mediante escrito de fecha, 05-06-08, la FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO emitió su opinión al respecto, y manifestó no tener objeción alguna que hacer y en tal virtud debe declararse Con Lugar.-
En la oportunidad para dictar el fallo el Tribunal lo hace previa las consideraciones siguientes: La solicitud ha sido planteada por ambos cónyuges los cuales han manifestado estar separados de hecho por más de cinco (5) años alegando la ruptura prolongada de la vida en común y en razón que los hechos alegados configuran en la causal establecida en el articulo 185-A del Código Civil y tomando en consideración la opinión favorable de la representante del Ministerio Público, estima quien aquí decide que la solicitud debe declararse Con Lugar y así se decide.
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: : AGUSTIN FELIX UGAS VELASQUEZ Y NILDE YRENE HERRERA GONZALEZ ambos identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, celebrado por ante la Prefectura del Distrito Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en fecha 20-11-1.979.-
Publíquese regístrese y déjese copia certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los veintisiete días del mes de Junio de 2008. Años: 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS ROJAS TORRES



LASECRETARIA

LAURA PARDO DE VELASQUEZ,
En la misma fecha, siendo las dos de la tarde, se publico la anterior sentencia y se agregó al expediente Nº: BP12-F-2008-000134.-
LA SECRETARIA,