REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-L-2008-000296
SENTENCIA


Hoy, once (11) de Junio del 2008, siendo las tres (3:00 p.m.) de la tarde, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Solo compareció la parte demandada en la persona de la abogada CARMEN RUIZ DIAZ, inscrita en el I.P.S.A. Nº 81.950, quien solicito copia certificada de la presente acta. El tribunal vista la solicitud hecha por la parte compareciente a la presente actuación procesal, acuerda lo solicitado por no ser contrario a derecho. De conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez

Abg. ANGEL PARRA GUTIERREZ

La Secretaria

Abg. FABIOLA PEREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 2: 55 P.m. Conste.
La Secretaria

Abg. FABIOLA PEREZ




El Compareciente