REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-002719

Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta por la ciudadana MARLI DEL VALLE TERAN RICO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.219.795, de este domicilio, actuando en nombre y representación de su hijo el adolescente xxxxxxx, titular de la cédula de identidad Nº V-22.572.026, debidamente asistido en este acto por el abogado CELSO MENESES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.165, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constantes de veinticinco (25) folios útiles. Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos. En consecuencia, se ordena oficiar al Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Universidad de Oriente, núcleo Anzoátegui, ubicada en la Avenida Universidad, vía Alterna de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, a los fines de que remita a este Juzgado de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, en cheque de gerencia a nombre de la ciudadana MARLI DEL VALLE TERAN RICO, LA CUOTA PARTE, correspondiente por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Fideicomiso, Ley de Política Habitacional que les corresponden al adolescente antes identificado, así como los intereses sobre dichos montos y cualquier otro beneficio por el fallecimiento de su padre ciudadano CARLOS VEGA MAYURI, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.289.921, fallecida Ab-intestato el día diez (10) del mes de Enero del año dos mil ocho (2008), quien para el momento de su deceso, era Docente Jubilado de la referida Universidad, para ser depositado en la cuenta de ahorros que oportunamente aperturarà el Tribunal, a nombre de la referida ciudadana.-Líbrese oficio.- Igualmente, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta de notificación. Asimismo, se ordena aperturar una cuenta de ahorros en cero bolívares, a nombre del padre de los niños de autos en el Banco Banfoandes, Agencia Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en su debida oportunidad. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.-

DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. ZOBEIDA BALDERRAMA.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-


LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. ZOBEIDA BALDERRAMA.-

AJD/lba.-