REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-002720

Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, relacionada con la adolescente xxxxxxxx, propuesto por el ciudadano EDMON JOSE RONDON MACADAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.196.186, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio BETTYS PEREZ GUEVARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.314, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de treinta (30) folios útiles. Désele entrada. Admítase. En consecuencia este Tribunal acuerda librar boleta de notificación a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, a los fines de que emita su opinión con relación a la presente solicitud.- Librese oficio al Departamento de Control y Evaluación de la Contraloría del Estado Anzoátegui, a los fines de recabar la Cuota parte, en beneficio de la adolescente de autos. Librese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.

LA SECRETARIA.


Abg. ORLYMAR CARREÑO.



SSFC/LETICIA C.