REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2006-002001
Por recibido el presente expediente signado con el N° BP02-V-2006-002001, proveniente del Archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, relacionado con la Obligación Alimentaria interpuesta por los ciudadanos: RAQUEL RUIZ y OSMEL RAMIREZ en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°.02, del Estado Anzoátegui, acuerda darle entrada. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA Acc

ABOG. ZOBEIDA BALDERRAMA
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En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA Acc

ABOG. ZOBEIDA BALDERRAMA.



AJD/ carmen