REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2007-005614
Vista: la Comparecencia de la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico de Este Estado, Abogada FABIOLA QUINTANA FERRER, actuando a favor de la adolescente xxxxxxx, hija de la ciudadana SANTINA ODALIS VILA MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.245.744, en la cual solicita la debida autorización de esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, para que la adolescente ya mencionada, a la ciudades de BUENOS AIRES (ARGENTINA)y MONTE VIDEO (URUGUAY), desde el día nueve (09) de Junio de 2008, hasta el veintitrés (23) de junio de 2008, ambas fecha inclusive, a una Gira Musical con la Orquesta Sinfónica del Estado Anzoátegui y vista la comunicación Procedente de la Presidencia de la Orquesta Sinfónica del estado Anzoátegui. En consecuencia ésta SALA DE JUICIO N° 02 DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en uso de sus atribuciones legales y en interés Superior deL Niño, Niña Y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la adolescente xxxxxxxxxxx para que viaje en compañía del Representante de la Orquesta Sinfónica del Estado Anzoátegui, desde Puerto al Cruz - Maiquetía-Venezuela, Maiquetía - Buenos Aires (Argentina), Buenos Aires (Argentina ) - Monte Video (Uruguay), desde el día nueve (09) de Junio de 2008, hasta el veintitrés (23) de junio de 2008, ambas fecha inclusive, el motivo del viaje es en virtud de participar en una Gira Musical con la Orquesta Sinfónica del Estado Anzoátegui. Y ASI SE DECIDE. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguesele a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ UNIPERONAL N° 2
Dra. ANA JANCINTA DURAN
LA SECRETARIA ACC.,
ABOG. ZOBEIDA BALDERRAMA
En la misma fecha se dicto y publico la anterior decisión y se cumplió lo ordenado en ella. Conste.
LA SECRETARIA ACC.,
ABOG. ZOBEIDA BALDERRAMA
Mill.-