REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-R-2008-000356
PARTE ACTORA RECURRENTE: MAIRA ALEJANDRA DUARTE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 13.611.846.

APODERADO DE LA PARTE ACTORA RECURRENTE: FERNANDO VALERO BORRAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 82.987.

PARTE DEMANDADA: PROYCCA, S.A., persona jurídica inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 8 de enero de 1.965, anotada bajo el Nro. 06, Tomo A-10.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIO CASTILLO SERRANO, RICARDO CASTILLO SERRANO, KARINA RÍOS MAC LELLAN, ANA CAPAFONS MIRANDA, KARINA SCANNAPIECO, CHERRY JACQUELINE MAZA PERDOMO, JOSÉ GABRIEL GALVIS BARBERI, DANIELA PÉREZ HERNÁNDEZ y ASTRID CAROLINA GAMARDO, venezolanos, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 49.956, 88.068, 80.867, 88.161, 116.048, 106.441, 116.048, 81.583 y 122.610, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTRAS INDEMNIZACIONES LABORALES.

MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE EN CONTRA LA SENTENCIA DICTADA POR EL TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, SEDE BARCELONA, EN FECHA 15 DE MAYO DE 2008.

En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de junio de 2008, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Romina Vacca, el alguacil designado, asimismo se deja constancia que no se hizo presente ni por sí ni a través de representante judicial alguno la parte actora recurrente. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 15 de mayo de 2008, la cual queda CONFIRMADA. Igualmente, se deja constancia que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto y se acuerda la publicación de la presente decisión. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.

La Secretaria

Abg. Romina Vacca

El Alguacil,