REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, diez de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-U-2008-000022

Visto el escrito Contentivo de JUICIO EJECUTIVO, interpuesto en fecha 12-02-2008, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D) Civil, por el Abogado JULIO CESAR MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro., V- 9.966.309, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.256, funcionario adscrito a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental, actuando en su carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y por ende Representante Legal de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente sociedad mercantil TIPOGRAFIA LOS ANGELES S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 23/07/1991, bajo el Nro. 49, Tomo B-16, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro J-08033663-1, con domicilio en la Calle Cementerio casa Nº 40, frente al mundo del microondas, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; representada por los ciudadanos ANGEL VICENTE GUEVARA HERRERA, ANGEL VICENTE GUEVARA CORDOVA, CARMEN LUISA CORDOVA DE GUEVARA, JULIO CESAR TROCONIS HERRERA Y ROSANGEL DEL CARMEN GUEVARA CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.150.394, V.- 11.902.333, V- 4.169.471, V- 6.375.016 y V-13.168.938, respectivamente en sus carácter de miembros de la junta directiva de la contribuyente antes mencionada y recibido por ante este Tribunal Superior en fecha doce (12) de febrero de 2008; Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, realizada la revisión del referido escrito y sus recaudos, observa que se encuentran llenos todos y cada uno de los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil; así como las disposiciones establecidas en los artículos 211, 212 , 213 y 289 del Código Orgánico Tributario vigente, motivo por el cual ADMITE el presente JUICIO EJECUTIVO intentado por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS, contra la contribuyente TIPOGRAFIA LOS ANGELES S.R.L., se ordena la intimación de la contribuyente TIPOGRAFIA LOS ANGELES S.R.L., domiciliada en la Calle Cementerio casa Nº 40, frente al mundo del microondas, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; representada por los ciudadanos ANGEL VICENTE GUEVARA HERRERA, ANGEL VICENTE GUEVARA CORDOVA, CARMEN LUISA CORDOVA DE GUEVARA, JULIO CESAR TROCONIS HERRERA Y ROSANGEL DEL CARMEN GUEVARA CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.150.394, V.- 11.902.333, V- 4.169.471, V- 6.375.016 y V-13.168.938 respectivamente; a fin de que comparezca por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes, a la constancia en autos de haberse practicado la intimación ordenada, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS, las siguientes cantidades de dinero:
1. La cantidad de CIEN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 100.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIEN BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 100,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071065002462 de fecha 31-10-1997.
2. La cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 162.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 162,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071065005685 de fecha 07-12-1998.
3. La cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 487.050,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (BF. 487,05) por concepto de multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001239000023 de fecha 24-01-2001.
4. La cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 162.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 162,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001239000025 de fecha 24-01-2001.
5. La cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 896.500,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (BF. 896,50) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001239000024 de fecha 24-01-2001.
6. La cantidad de TRESCIENTO CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 348.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTO CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 348,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001228000924 de fecha 12-12-2001.
7. La cantidad de SEISCIENTO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 600.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES SEISCIENTO BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 600,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071025000053 de fecha 29-10-1999.
8. La cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 30.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TREINTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 30,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071065003568 de fecha 07-10-1998.
9. La cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 946.055,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON SEIS CÉNTIMOS (BF. 946,06) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071065003569 de fecha 07-10-1998.
10. La cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 6.204,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES SEIS BOLIVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (BF. 6,20) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071065003569 de fecha 07-10-1998.
11. La cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.470.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES MIL CUATROCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 1.470,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001225000501 de fecha 26-06-2005.
12. La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 367.500,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (BF. 367,50) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001225000502 de fecha 22-06-2005.
13. La cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 162.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 162,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071026001428 de fecha 02-07-1997.
14. La cantidad de MIL SEISCIENTO SETENTA Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 1.673,43), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES UN BOLIVAR CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (BF. 1,67) por concepto de Impuesto, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071026001428 de fecha 02-07-1997.
15. La cantidad de CUATROCIENTOS CURENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 442,50), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (BF. 0,44) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071026001428 de fecha 02-07-1997.
16. La cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 162.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 162,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071026001429 de fecha 02-07-1997.
17. La cantidad de CIENTO VEINTIDOS BOLIVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 122,51), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOCE CÉNTIMOS (BF.0,12) por concepto de Impuesto, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071026001429 de fecha 02-07-1997.
18. La cantidad de VEINTISEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 26,49), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRES CÉNTIMOS (BF. 0,03) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071026001429 de fecha 02-07-1997.
19. La cantidad de OCHENTA Y UN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 81.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES OCHENTA Y UN BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 81,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001102001990 de fecha 2-06-1998.
20. La cantidad de CUATROCIENTOS NUEVE BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. 409,70), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (BF. 0,41) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001102001990 de fecha 27-06-1998.
21. La cantidad de CIENTO OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs. 183,19), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DIECIOCHO CÉNTIMOS (BF. 0,18) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001102001990 de fecha 27-06-1998.
22. La cantidad de OCHENTA Y UN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 81.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES OCHENTA Y UN BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 81,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001102001989 de fecha 27-06-1998.
23. La cantidad de CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 48,69), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CINCO CÉNTIMOS (BF. 0,05) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001102001989 de fecha 27-06-1998.
24. La cantidad de VEINTIUN BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 21,69), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOS CÉNTIMOS (BF. 0,02) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071001102001989 de fecha 27-06-1998.
25. La cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 435.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 435,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 0710012239000086 de fecha 14-02-2006.
26. La cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 455.400,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUNCO BOLIVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (BF. 455,40) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 0710012239000087 de fecha 14-02-2006.
27. La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 365.400,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (BF. 365,40) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 0710012239000088 de fecha 14-02-2006.
28. Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; conforme a la Ley, por la cantidad de SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRES BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 732.003,72), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES SETECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (BF. 732,00) equivalente al diez por ciento (10%) de la suma demandada, así como los intereses moratorios generados desde el vencimiento del cumplimiento de las obligaciones, hasta la cancelación total de la deuda o formulen oposición conforme a la ley. En cuanto a la medida solicitada en el escrito libelar por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS, el Tribunal proveerá en el correspondiente cuaderno separado de medidas el cual se ordena abrir.- Líbrese boleta de intimación con las inserciones pertinentes, anéxele copia certificada del escrito libelar y del presente auto a los fines de ser entregada al intimado. Cúmplase con lo ordenado.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, a los diez (10) días del mes de marzo del año 2008. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,



Dr. JORGE LUIS PUENTES TORRES.

LA SECRETARIA,



ABG. VIRGINIA CICENIA

Nota: En esta misma fecha (10-03-2008) se dictó la presente decisión previa las formalidades de la ley a las 09:02 a.m., Asimismo se requieren fotostatos a fin de librar la Boleta de Intimación. Conste.

LA SECRETARIA,


ABG. VIRGINIA CICENIA.
JLPT/VC/g.i