REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 10 de marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-005071
ASUNTO : BP01-P-2007-005071
Por cuanto en fecha 21 de Febrero de 2008, tome posesión del Tribunal de Control Nº 2, según oficio signado con el Nº JP-1004-2008, suscrito por la Presidenta del Circuito Judicial Dra. Magali Brady, es por lo que me avoco al conocimiento de la presente causa.
Visto el escrito presentado por la Abogada MILDA ROBLES GASCON y Abogada MARIA DEL VALLE MARTINEZ B., actuando con él carácter de Fiscal Principal y Fiscal Auxiliar Quinto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el cual solicita el Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano: Funcionarios de Instituto Autónomo de Policía Municipal de Municipio Simón Bolívar , de quien se desconocen otros datos filiatorios, por la presunta comisión de el delito de CONCUSION de conformidad a lo dispuesto en el articulo 60 de la Ley Contra la Corrupción.
Constando a las actuaciones
En fecha 05 de Diciembre de 2003, se recibe denuncia del ciudadano ISAI GABRIEL GUERRA ESTENEPE, portador de la cedula de Identidad No. V.- 15.873.784, en la Fiscalia Especializada en contra de presuntos funcionarios de la Policía Municipal de la Policía del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de concusión. Exponiendo lo siguiente: “En fecha 04-12-2003, me encontraba en el Centro Comercial nevera Plaza, específicamente en el Banco Provincial, donde cobre un cheque por la cantidad de ciento sesenta mil bolívares, al salir de allí me abordo una persona vestida de civil y me mostró una credencial de la Policía Municipal de Bolívar, me monto en un vehículo marca Fiat, color rojo, de dos puertas, donde llegaron dos civiles mas y un policía uniformado, me estuvieron dando vuelta por toda Barcelona y me manifestaron que era un clonados de tarjeta y me iban a llevar detenido me preguntaron que donde estaban mis cómplices hubo un funcionario de piel oscura quien me dijo que me iban a sembrar un poco de tarjetas y una pistola que cargaban en el carro para que me llevaran preso, yo reconocí de vista a uno de ellos que vive en barrio, los funcionarios me quitaron los ciento sesenta mil bolívares que había cobrado, el funcionario a quien reconocí le dijo que me dieran cuarenta mil bolívares, cuando me iba a bajar del carro me dieron treinta mil bolívares, y se quedaron con todo lo demás, en horas de la noche los mismos funcionarios fueron hasta mi casa y me estaban llamando, los vi que llegaron y Salí en la camioneta con mi papa, los policías salieron siguiéndome, en eso venia un motorizado del grupo CAO, lo pare y le dije que unos tipos que me habían robado en la mañana me venían persiguiendo, el policía los paro, el que me estaba persiguiendo uniformado me dijo que me estaban buscando para entregarme el dinero, me entregaron noventa mil bolívares en presencia del Policía del CAO.. ”
Cursa en la presente causa
OFICIO Nº 2994-03: De fecha 08-12-2003, donde la Representación Fiscal comisiona al Cuerpo de Dirección Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), para que realice las actuaciones pertinentes.
TRES (03) ACTAS DE ENTREVISTA: 1) De fecha: 20 de Enero de 2004, suscrita por el funcionario Sub. Inspector Baute Yoni, tomada a la ciudadano PAULO ANTONIO GUERRA BATISTA, portador de la Cedula de de Identidad No. V.- 4.905.496, quien entre otras cosas expuso : “ Encontrándome en mi Residencia como a las 6.30 p.m., apareció mi hijo de Nombre Isai Gabriel Guerra, muy nervioso diciéndome a mi esposa y a mi que lo habían robado en el Centro Comercial nevera Plaza, ubicado en la Avenida Fuerzas Armadas, donde nos manifestó reconocer a uno de los agresores que vive cerca de mi residencia y es funcionario activo de la Policía Municipal de Bolívar, a formular la denuncia de los hechos antes narrados por lo que se presento a mi residencia el prenombrado funcionario con la finalidad de entregarle a mi hijo noventa mil bolívares que era parte de los ciento sesenta mil bolívares que le quitaron, a fin de retirar la denuncia”. 2) De fecha: 20 de Enero de 2004, suscrita por el mismo Funcionario, tomada a la ciudadana ESTENEPE DE GUERRA, portador de la Cedula de Identidad No. V.- 4.899.747, quien entre otras cosas expuso lo siguiente: “ El día exacto que aconteció eso fue el día cuatro de diciembre del año 2003, yo estaba esperando a mi hijo en mi casa, el llego como a las seis y cuarto o seis y media, solo se que el me contó que unos tipos lo habían agarrado a la salida del Banco en el Centro Comercial nevera Plaza, y lo habían metido en un carro, y se lo llevaron rumbo a Lecherías donde lo dejaron botado, el me dijo que los señores que lo llevaron lo amenazaron , le dijeron que le iban a sembrar un revolver , entonces mi hijo le dijo a unos de los sujetos que iba en el carro, que lo conocía que el vivía cerca del barrio donde el vivía, asimismo mi hijo me contó que los tipos le quitaron el reloj, el celular y el dinero que había sacado del Banco ese día, de allí inmediatamente nos fuimos a poner la denuncia se presento un vehículo rojo, marca Fiat, ellos tocaron la puerta de mi casa, pero nosotros nos fuimos y ellos siguieron detrás de nosotros mas o menos como a las seis cuadras venían una comisión de la Policía del estado Anzoátegui, en motos, mi esposo Paulo Guerra, los paro y le dijo a los Policías que el Vehículo rojo nos estaba persiguiendo..”. 3) Realizada al ciudadano RUIZ LUIS MIGUEL, Titular de la cedula de Identidad no. V.- 5.483.071, quien entre otras cosas expuso : “ Eso fue la primera semana de Diciembre , mi sobrino me llama y me dice : tío venga para la casa para que me acompañe hacer una denuncia en la Policía, que unos Policías que lo robaron, el policía trabaja en la Policía Municipal de Bolívar, esperamos que la mamá y el papá se alistaran para ir a poner la denuncia, luego de estar listo arrancamos , cuando vamos como a una cuadra , llega un carro a la casa de mi sobrino y empieza a tocar corneta, en vista de que mi sobrino me dice que esos eran los tipos, nosotros seguimos y ellos se nos pegan atrás tocándonos corneta…, nos paramos y se bajan del carro rojo un Policía uniformado de la Policía de Bolívar, empieza a hablar con nosotros allí y le dijo el policía a mi sobrino que cuanto eran los reales que le habían quitado e Isai, le dice que eran cien mil bolívares…, en ese momento pasaba una comisión de la Policía del Estado Anzoátegui, a quienes paramos y le contamos lo acontecido, el Policía de Anzoátegui, nos dice quienes eran las personas, mi sobrino le dice quienes eran las personas, mi sobrino le dice que eran los que están dentro del carro rojo, el policía se dirige hacia el carro y entabla una conversación con los policías del carro, le hacen entrega de parte del dinero que le habían robado a mi sobrino solo noventa mil bolívares y se los da a mi sobrino…
OFICIO Nº 009-078: De fecha 26-01- 2007, emanado del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, dando respuesta a oficio Nº 5-0805502-05, emanado de esta representación Fiscal; informando que se apertura expediente administrativo y se fue dado de bajas a los funcionarios Ronny Martínez y Alexander Barrios por denuncia interpuesta por el ciudadano Isai Gabriel Guerra. INFORME: De fecha 08-12-2003, suscrita por Ronny Martínez Jefe de Parques de Armas, quien entre otras cosas expone lo siguiente:“ Después de haberme retirado del comando procedí a retirar por el cajero automático de dicha agencias bancarias un dinero a cargo de mi cuenta de ahorro de nomina, cuando me disponía a retirarme del banco se presento un ex funcionario de este Cuerpo Policial, Arturo Velásquez, indicándome que un funcionario que andaba con él había capturado a un sujeto que era tarjetero ya que ellos lo habían observado efectuando transacciones en los cajeros Automáticos con varias tarjetas, por lo que acompañe al prenombrado hasta donde tenían al sujeto mencionado el cual era mantenido adentro de una panadería ubicada en el Centro Nevera Plaza, una vez en este lugar observe que uno de los vigilantes del centro comercial que tenia agarrado por la pretina del pantalón a un sujeto, manifestado el vigilante que el funcionario que se encontraba vestido de civil lo había perseguido hasta el sitio y que se negaba acompañarlo porque no creían que fueran funcionarios, en virtud de esto le solicite al presunto funcionario que acompañaba a Arturo Velásquez , el motivo de la detención del sujeto…después de esto me solicito la colaboración para trasladar al detenido hasta un vehículo…, una vez en el lugar la persona que estaba detenida se negó a entrar al vehículo, alegando que no se montaría con unos ciudadanos que no estaban debidamente identificados como funcionarios policiales, exigiendo que yo como si estaba identificado lo acompañara..al salir del Centro Comercial el presunto funcionario Empezó a interrogar al detenido en relación al origen de las tarjetas bancarias.., a lo que el sujeto le respondió que el no era tarjetero pero que tampoco quería ir preso y si quería le daba un dinero que tenia para que lo soltara, sacando su cartera extrayendo de la misma un dinero, entregándoselo al presunto funcionario, interviniendo yo, dirigiéndome al detenido indicándole que si el no había hecho nada irregular porque tenia que darle dinero o es que es verdad que estaba tarjeteando a lo que me contesto que nunca había estado preso y que laboraba en la empresa Mitsubishi , y que las tarjetas que cargaba eran suyas, le pregunto al presunto funcionario si lo había agarrado in fraganti y el mismo me dijo que no, a lo que le dije que se iba a caer ese procedimiento que no lo llevara a la comandancia que lo iba a pasar por un mal momento, el cual accedí retornando hacia el centro comercial lugar donde aprehendieron al ciudadano. Cuando íbamos en camino frente al Country Club y el Colegio de Abogados, el ciudadano pide que lo dejen allí…., cuando se estaba bajando del carro se dirige al presunto policía, pidiéndole que le devolviera las tarjetas y que le diera algo para pagar el carro, viendo esta situación le dije al presunto policía que diera todo a lo que contesto el detenido dijo que solo le dieran para pagar el carro y que se quedaran con el resto, que era un regalo que le estaba haciendo, luego le dije que había un procedimiento mal, pidiéndole que le devolvieran el dinero a lo que me contestaron que no me preocupara porque el dinero se los habían regalado. Luego de esto le pedí que me dejaran en la avenida Caracas…, una vez en la Avenida Caracas me baje del Vehículo tomando rumbo hacia la residencia de Arturo Velásquez, al llegar a este lugar me entreviste con su señora madre del ex funcionario haciéndole referencia de lo sucedido y a los pocos momentos se presento Arturo Velásquez, exigiéndole su mama que buscara el dinero y se lo entregara a su dueño. Saliendo nuevamente en su vehículo ambos para entregar el dinero, logrando la ubicación del ciudadano que había sido aprehendido , me entreviste con el morador de la misma quien me indico que el mismo había salido en una camioneta en compañía del papa y un tío, señalándome un vehículo que estaba en movimiento optando a perseguir el vehículo que se detuvo a dos cuadras del hogar en donde se encontraba un funcionario del grupo CAO, me bajo del carro y me dirijo hacia donde se encuentran estos ciudadanos y nuevamente me identifico pidiendo hablar con el sujeto que rato antes había permanecido detenido, indicándole que tenia a los presuntos funcionarios que lo habían detenido y el dinero, alterándose este alegando que el dinero se lo habían robado , en virtud de la alteración que mantenía este sujeto pedí hablar con su padre, explicándole lo acontecido, contestándome este que estaba bien lo que yo estaba haciendo y que la actuación de los otros presuntos funcionarios lo iba a denunciar, por las amenazas que le habían hecho, me identifique como Funcionario de Policía del Municipio Bolívar, y en este momento Arturo Velásquez, le hizo entrega de un dinero manifestándole que era el dinero que pocos momentos antes había dado a los funcionarios.”
ACTA POLICIAL: De fecha 29 de Enero de 2004, suscrita por el Funcionario Inspector Carlos Crespo, tomada al ciudadano Isai Gabriel Guerra Estenepe, titular de la Cedula de Identidad No. 15.873.784, quien reconoció a los funcionarios denunciados, a través del álbum fotográfico de la Policía Municipal de Simón Bolívar.
ACTA DE ENTREVISTA: De fecha 02 de Febrero de 2004, suscrita por el funcionario sub. Inspector Baute Yoni, tomada al ciudadano Silva González Pío Roger, titular de la cedula de Identidad No. 8.230.603, quien entre otras cosa expuso: “ Me encontraba de servicio ese día en la Panadería, cuando pasaron esos hechos, entro una persona y se ubico dentro de la caja registradora, detrás de esa persona venían dos personas mas que se identificaron como funcionarios de la Policía a Municipal de Bolívar, luego un tercero que venia uniformado como policía, ellos me dijeron a mi que sacara a la persona para afuera porque ellos no podían actuar allí porque ese era un sitio privado, yo procedí a sacarlo, mostrándome ellos su identificación, requisaron al ciudadano en frente de mi, le sacaron una tarjeta de crédito que el tenia en el bolsillo, y posterior a eso se lo llevaron detenido en un vehículo de color rojo, ellos antes de detenerlos me manifestaron que el individuo estaba clonando los cajeros electrónicos ubicados en el Centro Comercial”

ACTA DE ENTREVISTA: De fecha: 19 de febrero de 2004, suscrita por el funcionario Sub. Inspector Baute Yonni, tomada a la ciudadana Montoya Urbina Daniela Katerina, titular de la cedula de identidad No. V.- 18.128.858, quien entre otras cosas expuso : “ En relación a esto la fecha exacta no me acuerdo, pero se que era Diciembre de 2003, como a las cinco de la tarde, cuando entra un señor a comprar a la panadería Paris, donde yo estaba trabajando como cajera, entonces llegaron como dos o tres personas y una de ella era alto y moreno y agarro al señor que entro a comprar y le puso las esposas, y le estaba diciendo que el estaba clonando tarjetas y le dijeron que sacara las tarjetas para verlas, es decir lo estaban acusando que el estaba robando a los cajeros ubicados en el Centro Comercial Nevera Plaza, luego se lo llevaron detenido en un vehículo Fiat de color rojo…”
La Razón asiste a la Representación Fiscal en cuanto a que es evidente en las Actas de la Presente causa que solamente se dispone del dicho de la denunciante, y en virtud desde que ocurrieron los hechos hasta la presente fecha, no seria posible incorporar nuevos datos a la investigación en virtud del tiempo transcurrido y de la incomparecencia de la denunciante; Por lo que hace procedente decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de acuerdo a lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318 en Concordancia con el Articulo 320 del Código Orgánico Procesal Penal.
RESOLUCION

En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Art. 320 del mismo Código. Notifíquese a las partes de la Decisión. Cúmplase
LA JUEZA DE CONTROL Nº 02
DRA. ELOINA DEL VALLE RAMOS BRITO


EL SECRETARIO,

ABOG. HECTOR MUSSO