REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : BP02-V-2006-001959

Visto el escrito, de fecha 06 de julio de 2.007, suscrito por las Abogadas en ejercicio: ELIZABETH RODRIGUEZ ZERPA Y ADANEVA GUERRERO RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nºs: 25850 y 96408, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte demandante, ciudadano RAMON ANTONIO CABEZA; mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 5.981.062, mediante la cual desiste del procedimiento renunciando por consiguiente a la acción que generó el presente juicio de Simulación que incoaran en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL RIVAS CABRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 5.981.062; dando su consentimiento al mismo el apoderado Judicial del demandado, abogado en ejercicio JOSÉ INOCENCIO BALLESTEROS, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.599, éste Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones por él expresado en su diligencia, ordenándose proceder como Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada, ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Titular,

Henry Agobian Viettri. La Secretaria Temporal.-

Abog. Zulema Nweihed de Guerrero.