REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-V-2008-000149
Visto el escrito de fecha 29 de Febrero de 2.008, suscrito por la Ciudadana: LEISLYN YOLENNIS CONTRERAS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.917.817, debidamente asistida por la Dra. ZORAIDA MEDINA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.402, en su carácter acreditado en autos, y visto el contenido del mismo, donde Desiste del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, en contra de los Ciudadanos: RAUL ALEXANDER SALGADO PEREZ y CARMEN JOSEFINA DA SILVA DE SALGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.171.423 y 6.301.598, respectivamente, este Tribunal, acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho Desistimiento, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, y el archivo del presente expediente.- Así se decide.
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
HPG/Gledys.-
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