REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2007-001454

DEMANDANTE: GLORIA RODRIGUEZ DE GUZMAN venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 494.821 y domiciliada en Puerto la Cruz, Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui.-

ABOGADO ASISTENTE: PORFIRIO GUZMAN RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 17.557 y de este domicilio.-

MOTIVO: RENDICION DE CUENTAS.

Por auto de fecha 17 de octubre de 2.007 se admitió la solicitud de RENDICION DE CUENTAS presentada por la ciudadana GLORIA RODRIGUEZ DE GUZMAN, actuando en su carácter de de Presidente de la Fundación Amigos del Hospital Luís Razetti, representación que consta de nombramiento de la Junta Directiva de la precitada fundación, debidamente asistida por el abogado PORFIRIO GUZMAN RODRIGUEZ, donde expuso:
Que a los efectos de lo previsto en el artículo 21 del Código Civil, presento para su examen y consideración, los Informes de las actividades cumplidas por la Fundación durante los años 2.001, 2002, 2.003, 2.004 y 2.005, con expresión de los objetivos trazados para esos años y de las metas cumplidas; asimismo presentó Informe de las actividades realizadas por la Junta Directiva de la Fundación durante los años 2.001, 2.002, 2.003, 2.004 y 2.005 donde se discriminan las contribuciones efectuadas al servicio de Terapia Intensiva del Hospital Universitario Luís Razetti, se pormenorizan los principales eventos en los que participó la Fundación y se discriminan los donativos recibidos durante dichos años, tal como consta de la copia certificadas que acompañó a dichos informes; que igualmente acompañó los Estados Financieros de la Fundación Amigos del Hospital Universitario Luís Razetti al 31 de Diciembre de 2.001, el correspondiente al 31 de Diciembre de 2.002, el correspondiente al 31 de Diciembre de 2.003, el correspondiente al 31 de Diciembre de 2.004 y el correspondiente al 31 de Diciembre de 2.005, preparados por la firma de Contadores Públicos Amundaray, Villalta y Asociados; que una vez examinados los mencionados recaudos, presentados en representación de la Junta Directiva de la Fundación, a título de rendición de cuentas, le imparta la debida aprobación judicial.-
Admitida la solicitud se designó como experta contable a la Licenciada ANMIS SADDAY MALAVE REYES, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.632.477, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Anzoátegui bajo el No. 72.100, para que revise las cuentas presentadas, rindiendo ésta su correspondiente informe en fecha 31 de enero de 2.008.- Observa el Tribunal:
Dispone el artículo 21 del Código Civil, lo siguiente: “Las fundaciones quedarán sometidas a la supervigilancia del Estado, quien la ejercerá por intermedio de los respectivos Jueces de Primera Instancia, ante los cuales rendirán cuenta los administradores”. De dicha norma se infiere que el derecho de vigilancia y control que tiene el Estado frente a las fundaciones no gubernamentales tiene una doble dirección: velar por el buen uso del patrimonio y garantizar que se cumpla la voluntad del fundador o fundadores. Los administradores de las fundaciones no gubernamentales están obligados, por ley, a rendirle cuentas a los Jueces de Primera Instancia de su respectiva Circunscripción Judicial, de allí que el Estado, tiene una función de vigilancia con respecto al cumplimiento del objeto y de control en la aplicación del patrimonio para el cumplimiento del fin que han determinado los fundadores.- En el caso que nos ocupa, queda debidamente determinado, que las cuentas que presentó la Presidenta de la Fundación de Amigos del Hospital Luís Razetti, durante los años 2.001, 2.002, 2.003, 2.004 y 2.005, coinciden con los resultados de sus operaciones y los movimientos de su efectivo, tal y como consta del dictamen realizado por la experta contable, y así se declara.-
En base a lo antes expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara rendidas las cuentas presentada por la ciudadana GLORIA RODRIGUEZ DE GUZMAN, arriba identificada, en su carácter de Presidente de la Fundación de Amigos del Hospital Luís Razetti, correspondientes a los años 2.001, 2.002, 2.003, 2.004 y 2.005 y así se decide.-
Regístrese y publíquese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los trece (13) días del mes de marzo de dos mil ocho.- Años: 197º de la Independencia y 149º de la Federación.-
El Juez Suplente Especial,

Abg. Pedro Rafael Mejia. La Secretaria,

Abg. Doris Rojas de Nadales.
NOTA: En esta misma fecha, siendo las 9:30 de la mañana, se dictó la anterior decisión.- Conste.-
La Secretaria,