REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000462
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ZORAIMA DEL CARMEN URBAEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.507.448, domiciliada en Calle San Simón Casa Nº 5 El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide (375mts).- Ubicada en el parcelamiento 12 de marzo, manzana, parcela Nº 6 de la Calle San Simón El Tigre Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias consta de una casa con paredes de bloques frisado, piso de cemento, techo de zinc, consta de dos habitaciones, una cocina, un baño, una sala comedor.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Con calle San Simón que es su frente.- SUR: casa que es o fue de la ciudadana Auria González.- ESTE: Casa que es o fue de Guillermo González y OESTE: Con casa que es o fue de Griseida Rojas .- El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos: JUANA RIVAS y YOLIMAR MALAVE.- Este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ZORAIMA DEL CARMEN URBAEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (06) folios útiles.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA