REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000481
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA BARTOLA GARCIA VASQUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.657.210, domiciliada en la sexta (6ta) carrera, casa Nº 115, sector de pueblo nuevo Ciudad de El Tigre, Municipio del Simón Rodríguez debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la zona Norte, de la precitada ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez.- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloque de cemento frisadas, piso de cemento pulido, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro, consta de dos habitaciones, dos baños, una cocina, una la-comedor, cercada perimetralmente con paredes de bloques de cemento..- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Con sexta (6ta) carrera norte.- SUR Con casa que es o fue de Eladio Espinoza.- ESTE: Con casa que es o fue de José Antonio Calaza. OESTE: Con casa que es o fue de Justa Espinosa. .- El valor invertido es la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. F 10.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos YOLIMA MALAVE y YAMILET GUTIERREZRNO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA BARTOLA GARCIA VASQUEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (06) folios útiles.
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA