REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003441
ASUNTO: BP12-S-2007-003441
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por los ciudadanos: DENEURIS DE LOS ANGELES FRANCO PIÑERO y JUAN CARLOS ZAMORA VICENT, venezolanos, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 15.126.142 y 12.680.950, domiciliados en la Calle Principal Francisca Duarte Nº 15, Sector San Valentín, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por la abogado RAFAEL VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.615, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno de propiedad Municipal, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle Principal Francisca Duarte, que es su frente, midiendo Catorce metros (14,00 mts); SUR: Casa de Eglis Fernanda Minda, midiendo Catorce Metros (14,00 mts); ESTE: Casa de Aurora del Carmen Navarro, midiendo Veintiún metros (21,00 mts); y OESTE: Calle Los Muchachos, midiendo Veintiún metros (21,00 mts), para una superficie total de aproximadamente de Doscientos Noventa y Cuatro Metros Cuadrados (294,00 mts2).- Dichas bienhechurias están construidas con paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido, Techo de zinc, constante de: tres (03) habitaciones, un (01) baño, con puertas de hierro y ventanas de aluminio.- El valor invertido es por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos GLEINIT JOSEFINA MENDEZ DE VALERO y ISAMAR DEL CARMEN VALOR BARRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 16.189.507 y 20.171.401, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos DENEURIS DE LOS ANGELES FRANCO PIÑERO Y JUAN CARLOS ZAMORA VICENT, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ