REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 27 de Marzo de 2008
197º y 148º
ASUNTO: BP12-V-2007-000680
Vista la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO, proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal, incoada por la ciudadana: BERTHA YANCE SUBERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.194.817, domiciliada en la Ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistida de la abogada MARJORIE DEFREITAS, inscrita en el inpreabogado bajo el número 111.298, Désele entrada.- Este Tribunal a los fines de pronunciarse respecto a su admisión o no, observa lo siguiente:
De una revisión detallada y minuciosa del libelo de la demanda, se demuestra que la misma carece de pretensión procesal contenida en nuestro ordenamiento jurídico; igualmente se observa, que no consta demandado alguno en dicho escrito libelar, de manera que en el caso en especie, nos encontramos ante la inexistencia de una demanda como tal, por lo que la misma debe forzosamente declararse Inadmisible, por ser contraria al orden público y a las buenas costumbres, por no estar consagrada ni tutelada en ningún ordenamiento jurídico vigente.-
Por todas las razones antes señaladas, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la admisión de la presente demanda.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES
LA SECRETARIA
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
KCRT.
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