REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-L-2006-001038
Vista la oportunidad en la cual se llevó acabo la Audiencia de juicio en fecha 21 de febrero del año en curso, estando presente por la parte actora el ciudadano JOSE JESUS BRUZUAL LEAL asistido de su abogado HECTOR FRANCESCHI y por la parte demandada RAMON GALINDO MOY, plenamente identificados, los mismos llegaron a un acuerdo transaccional el cual fue consignado en la presente causa en fecha13-03-2008, constante de cuatro folios útiles y tres anexos; y por cuanto la presente Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y los acuerdos alcanzados por los mismos no son contrarias a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte la Homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asimismo se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas requeridas tanto del acuerdo transaccional como de la presente resolución todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, siendo que no queda nada pendiente que deberse las partes en el presente juicio se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo judicial del expediente.-
La Juez,
Maria Auxiliadora Chávez Rodríguez. La Secretaria,
Isolina Vásquez Salazar.
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