REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-L-2004-000522
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2004-000522
PARTE ACTORA: GUILLERMO FARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.367.171
PARTE DEMANDADA: SINCRUDOS DE ORIENTE (SINCOR) Y SERVICIOS Y TRANSPORTE VENEZUELA (SETRAVEN)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA SERVICIOS y TRANSPORTE VENEZUELA (SETRAVEN): MARCOS JOSE MARCANO, CARLOS JAVIER MARCANO E YRDELI ALBERTINA ARZOLAY, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 81.133, 94.362, y 87.096, respectivamente.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA SINCRUDOS DE ORIENTE, C.A.: GUSTAVO NIETO, HECTOR RAMIREZ, DANIELA PALERMO, LEOPOLDO USTARI, CARLOS VIVI, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros: 35.265, 70.928, 35.265, 106.498, y 14.181, respectivamente.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En horas de despacho del día de hoy, cuatro de marzo de dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública de juicio, en la causa seguida por el ciudadano GUILLERMO FARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.367.171, contra las empresas SINCRUDOS DE OREINTE (SINCOR) Y SERVICIOS Y TRANSPORTE VENEZUELA (SETRAVEN). Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presidido por la Juez, Abg. MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abg. ISOLINA VASQUEZ SALAZAR y el Alguacil TOMAS GUZMAN, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia y deja constancia de la no comparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada SINCRUDOS DE OREINTE (SINCOR) por medio de su apoderada judicial, la abogada DANIELA PALERMO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro.106.498, así como de la incomparecencia de la empresa SERVICIOS DE TRANSPORTE VENEZUELA C.A., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que verificada la incomparecencia de la parte demandante, este tribunal de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA LA ACCIÓN Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO y ordena la notificación del Procurador General de la Republica, por estar involucrados intereses patrimoniales de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de su Ley , razón por la cual una vez que conste a los autos la referida notificación comenzara a computarse el lapso de suspensión y vencido este comenzara a computarse el lapso para que las partes interpongan los recursos que consideren pertinentes. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, mini DV, serial Nº 441463, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 11.904.682. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 09:05 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman. Líbrese el oficio correspondiente.-
LA JUEZ,
MARÍA AUXILIADORA CHÁVEZ RODRIGUEZ.

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA SINCRUDO DE ORIENTE


LA SECRETARIA,

ABG. ISOLINA VASQUEZ SALAZAR