REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-L-2007-000911
Visto el acuerdo transaccional suscrito entre los CARLOS CEDEÑO apoderado judicial de la parte actora, MARIBEL CASTILLO ABAD en su condición de apoderado judicial de la demandada SANDBLASOL C.A, la cual presentada en este tribunal el día 06-03-2007, constante de un folio útil; y por cuanto la presente Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y los acuerdos alcanzados por los mismos no son contrarias a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte la Homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y siendo que aun falta que se materialicen los pagos acordados por las partes se abstiene de darlo por terminado hasta tanto conste a los autos el pago total de la obligación.
La Juez,
Maria Auxiliadora Chávez Rodríguez.
La Secretaria,
Isolina Vásquez Salazar.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
La Secretaria,
Isolina Vásquez Salazar
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