REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-001092
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Publico, Abogada MARY LOURDES FERRER, actuando en representación de la Adolescente: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, hija de los ciudadanos TANIA FRANCHESCA ZURZOLO DE CORRADO Y ALGIMIRO CORRADO MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.286.443 y 8.301.155, junto con los recaudos que en ella se mencionan, constante de un (01) folios útiles y siete (07) anexos.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Parágrafo Cuarto Literal “F”. Cúmplase.-
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL Nº 01
DRA. SANTA SUSANA FIGUERA
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LISANDRA FUENTES.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LISANDRA FUENTES