REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-001098
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesto por la Abogada en ejercicio ROCIO DEL MAR CEDÑO GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.361, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano RODRIGO ALEJANDRO TENESACA LANDI, de nacionalidad Ecuatoriana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.501.593, actuando en representación de su hija xxxxxxxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de nueve (09) folios útiles. Por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, LA ADMITE,.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo y Désele el curso legal, a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: 1). Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación. 2) Ofíciese a la ONIDEX para que remitan a este Tribunal los datos filiatorios de la ciudadana FANNY JESUS DEL VALLE NIETO.-. Librese Oficio.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 2.-
DRA. ANA JACINTA DURAN-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/ CA