REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-001106
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, procedente de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui propuesto por la ciudadana LUISA ELENA ZARAGOZA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.392.071, actuando en representación de su hijo el adolescente xxxxxxxxx, debidamente asistido por la Abogada MIRLA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.041 junto con los recaudos que en ella se mencionan. Por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia la Juez de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, se avoca a la presente solicitud, se declara competente, LA ADMITE y le da entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo y Désele el curso legal, a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: Notificar a la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Publico, del inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta y oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 2.-
DRA. ANA JACINTA DURAN-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/mill.-