REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2008-000412

Por recibida la anterior solicitud de PENSION DE ALIMENTOS VOLUNTARIA, para el niño xxxxx actualmente, propuesta por su padre, el ciudadano JOSE ANTONIO VELASQUEZ BELLORIN, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.339.989, domiciliado en esta Jurisdicción, Estado Anzoátegui, asistido en este acto por la Abogada MARIANNE COVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.365, junto con Cheque de Gerencia N° 60-96507922, por la suma de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. 100.oo), contra BANCO FONDO COMUN, BANCO UNIVERSAL, a nombre de la ciudadana MARBELIS GOMEZ. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. Notifíquese por medio de boleta a la ciudadana CARMEN GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.424.216, domiciliada en la Urbanización Cerezos II, Bloque I, Edificio II, Apartamento 001, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca al segundo día de Despacho siguiente a su notificación, a los fines de que manifieste su aceptación o negativa con respecto a la Pensión de Alimentos Voluntaria propuesta a favor de su hijo xxxxx, por su padre, ciudadano JOSE ANTONIO VELASQUEZ BELLORIN. Líbrese boleta y entréguesele al Alguacil asignado a este Juzgado, a los fines de que practique la citación de la ciudadana CARMEN GOMEZ, quien se encuentra domiciliada en esta jurisdicción. Aperturese una cuenta de ahorros, en el Banco Banfoandes, a nombre del niño xxxxxxxx, la cual no podrá ser movilizada total o parcialmente sin la previa autorización del Tribunal. Notifíquese por medio de boleta a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico del inicio de la presente solicitud. Líbrese boleta.-
JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 02.


DRA. ANA JACINTA DURAN.


LA SECRETARIA,


Abog. FARAH MELISSA AZOCAR


AJD/RL