REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2008-000550
Por recibida la anterior solicitud de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, propuesta por la ciudadana FISCAL DÉCIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO, de esta Circunscripción Judicial, Abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, actuando en representación de las Niñas: xxxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Seis (06) folios útiles. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal “C”, en consecuencia, cítese a la ciudadana ALBANI YSABEL TORRES FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.035.046, domiciliada en: Calle Bolívar, Casa N° 10, Barrio Valle Lindo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano JHONNY HUMBERTO TORRES ZORRILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.299.459, domiciliado en: Calle Comercio, Casa N° 06, Primera Terraza, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a fin de que esté presente en el acto conciliatorio que intentara la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad de la contestación se verificara el Acto Conciliatorio a las diez y treinta de la mañana (10:30 A.M), y el Acto de contestación será entre las ocho y treinta minutos de la mañana y las tres y treinta de la tarde (8:30 a.m. y 3:30 p.m.). Asimismo se ordena la práctica de un informe Integral a los ciudadanos JHONNY HUMBERTO TORRES ZORRILLA Y ALBANI YSABEL TORRES FERMIN, plenamente identificados en autos, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal, Líbrese Oficio.- Cúmplase.
JUEZ UNIPERSONAL N° 02


DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/crc.-