REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-000163

Definitivamente Firme como ha quedado la anterior decisión de fecha 18 de Marzo del presente año, en la presente causa de DIVORCIO, incoado por la ciudadana VIRGINIA ROSA ANDARCIA PEREZ, contra su cónyuge, ciudadano JULIO CESAR SALAS, ampliamente identificados en autos, y por cuanto se evidencia que las partes no interpusieron recurso alguno y no existen más actuaciones que hacer en la misma. En consecuencia, este Tribunal de Protección, Sala de Juicio N° 02, acuerda devolver todos los documentos originales consignados, dejando copia en su lugar, previa certificación por Secretaría. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 02.-


Dra. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-


Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.-


Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.-






AJD/LETICIA C.-