REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de Mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-001624
ASUNTO : BP01-S-2003-001624
Visto el escrito presentado por la DR. JOSE DANIEL PEREZ, actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Público Para El Régimen Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y en uso de la atribución que le confiere el artículo 34 ordinal 10 de la Ley Orgánica Del Ministerio Público, mediante el cual solicitan el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadana JOSE HUMBERTO MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 7.916.896; por la comisión del delito de POSECION ILICITA DE ESTUPEFACIENTE, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, todo de conformidad con el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de decidir la petición formulada por el titular de la vindicta y habiendo realizado revisión de la presente causa publica observa:
“Que la Presente Investigación se inicia mediante auto de proceder, emanado del Cuerpo Técnico de la Policial Técnica Judicial, Seccional de Puerto La Cruz, en fecha 20 de noviembre de 1998, en virtud del oficio Nº 1689, emanado de la Policial Del Estado Anzoátegui (zona Nº 2), donde pone a disposición a la ciudadana JOSE HUMBERTO MONTOYA, por aparecer indicada en la comisión de delito de POSECION ILICITA DE ESTUPEFACIENTE, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, cuyas circunstancia de modo, lugar y tiempo aparecen relejada en acta policial de fecha 19 de Noviembre de 1998, en el cual se deja constancia que en esa misma fecha, siendo aproximadamente las 04:50 PM de la tarde, el funcionario Distinguido Israel González, se encontraba en labores de patrullaje en compañía del Distinguido Efrén Tineo, en las unidades M-511 y M-1567 respectivamente, en la Avenida Bolívar de Puerto La Cruz, específicamente frente al Instituto Isaac Newton, en el cual avistaron a un sujeto en actitud sospechosa, y que la notar la presencia de los funcionarios se mostró nervioso, estos funcionarios procedieron a practicarle el correspondiente cacheo, encontrándole en la camisa específicamente en el bolsillo un envoltorio de papel de color blanco, conteniendo en su interior residuos vegetales presuntamente MARIHUANA…en fecha 04 de diciembre de 1998, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, Ordeno la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano JOSE HUMBERTO MONTOYA, en fecha 29 de Diciembre de 1998, el Juzgado Superior Cuarto Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ratifico la decisión emitida por el Juzgado Tercero, el al cual decreto la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano JOSE HUMBERTO MONTOYA, en fecha 17 de marzo de 1999 el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, decreto mantener abierta la averiguación…
Con base a estas consideraciones y del contenido de las actuaciones contentivas en la presente investigación, considera este juzgador que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de el ciudadano JOSE HUMBERTO MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 7.916.896; por la comisión del delito de POSECION ILICITA DE ESTUPEFACIENTE, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, todo de conformidad con el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto de las actuaciones policiales contenidas en virtud de la aprehensión de el mismo, se evidencia que la conducta desplegada por el imputado en autos no se subsumen en la norma penal que los tipifique como el delito precalificado, y que además no existió testigos presénciales para el momento de la aprehensión y la incautación de las tantas veces mencionada sustancia; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por las razones anteriormente expuestas . Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de el ciudadano JOSE HUMBERTO MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 7.916.896; por la comisión del delito de POSECION ILICITA DE ESTUPEFACIENTE, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, todo de conformidad con el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Remítase al archivo Judicial.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 05
DR. JOSE TOMAS BELLO MEDINA.
EL SECREATARIO
ABG. ALI RAFAEL SALAVERRIA