REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 20 de Mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-000530
ASUNTO : BP01-P-2008-000530
Visto el escrito presentado por el ciudadano: JOSE BERNABE ALICANDO, titular de la Cédula de Identidad signada con el número: V.-11.514.116, actuando en su condición de Apoderado de la Empresa VENELIN C.A., según se evidencia de Poder Autenticado por ante la Notaría Pública Trigésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha catorce (14) de Noviembre de Dos Mil Tres (2.003), quedando anotado bajo el N° 14, Tomo 89 de los Libros de Autenticaciones, y debidamente asistido en este acto por la Dra. AMERAIDA GUZMAN, Abogada en ejercicio, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.574, mediante el cual solicita a este Tribunal la Entrega del Vehículo cuyas características son las siguientes: MARCA PEGASO, MODELO 1217, TIPO: TANQUE, AÑO: 1986; USO: CARGA, COLOR: AMARILLO, PLACA: 103XDZ, CLASE: CAMION; SERIAL DE CARRORROCERIA: VS11217BOH6YO742CO675; SERIAL DE MOTOR: KH00579; y el cual le pertenece a su representada ( VENELIN, C.A.), según consta de Título de Propiedad de Vehículos Automotores N° VS11217BOH6AY0742CO675-2-1, debidamente expedido por la Dirección General Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, en fecha 14 de Noviembre de 1991.
Este Tribunal de Control N° 05 para decidir observa:
En fecha 13/10/2007, se realizó Experticia Nro.69, practicada por el Experto RAUDY GUZMAN, experto al Servicio del CICPC, adscrito a la División de Investigación de Vehículos y designado para practicar experticia y avalúo a un Vehículo con las siguientes características: Marca: PEGASO; Modelo: 12117, Color: AMARILLO; Tipo: TANQUE; el cual arrojo el siguiente resultado:
“De conformidad con el pedimento formulado pudimos constatar que la chapa identificadota del serial carrocería, ubicada en la base del asiento del piloto, se encuentra desincorporada de su lugar original de fijación, el serial de seguridad o chasis presenta la nomenclatura VS11217B0H6AY0742C0675, se encuentra en su estado ORIGINAL, el serial motor presenta la nomenclatura KH00579, se encuentra en su estado ORIGINAL.
CONCLUSIONES:
01.- La chapa identificadota del serial carrocería se encuentra DESINCORPORADA de su lugar original de fijación.
02.- El serial chasis se encuentra en su estado ORIGINAL.
03.-El serial motor se encuentra en su estado ORIGINAL.
Revisadas las actuaciones, encuentra este Juzgador que el Poder otorgado por la Empresa VENEZOLANA DE LIMPIEZAS INDUSTRIALES C.A., (VENELIN), al ciudadano JOSE BERNABE ALICANDO, sólo le confiere facultades para: “la suscripción de contratos, mediante los cuales VENEZOLANA DE LIMPIEZAS INDUSTRIALES C.A., se obligue a realizar servicios de limpiezas y otras actividades relacionadas con su objeto social con cualquier entidad o persona natural o jurídica, pública o privada, de los Estados Monagas y Anzoátegui, y muy especialmente con las siguientes instituciones: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) Petróleo y Gas, Gobernaciones y Alcaldías, y en general, representar a VENEZOLANA DE LIMPIEZAS INDUSTRIALES C.A., ante todos aquellos organismos oficiales del Estado en el que esté inscrita.” Evidente es que el ciudadano JOSE BERNABE ALICANDO, no tiene facultades otorgadas en dicho Poder Especial, para actuar y solicitar dicho Vehículo ante este Tribunal, por lo que mal pudiera este juzgador pronunciarse en cuanto a la solicitud de Entrega del Vehículo en cuestión ante una persona que carece de tales facultades. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA LA ENTREGA del Vehículo con las siguientes características: MARCA: PEGASO, MODELO: 1217, TIPO: TANQUE, AÑO: 1986; USO: CARGA, COLOR: AMARILLO, PLACA: 103XDZ, CLASE: CAMION; SERIAL DE CARRORROCERIA: VS11217BOH6YO742CO675; SERIAL DE MOTOR: solicitado por el ciudadano JOSE BERNABE ALICANDO, titular de la Cédula de Identidad signada con el número: V.-11.514.116, en virtud de que dicho ciudadano no tiene facultades otorgadas en el Poder Especial consignado en la presente causa, para solicitar dicha entrega. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 05
DR. JOSE TOMAS BELLO MEDINA.
EL SECRETARIO.
ABG. ALI SALAVERRIA.