REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-T-2002-000026

Vista la Transacción celebrada en fecha 02 de Abril del 2.008, cursante al folio Nº 153, del cuaderno de medidas, por el ciudadano JOSE ENRIQUE ABIAD MENESES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.356.686, parte demandante, por una parte, y por la otra, por el Abogado en ejercicio KARIN EMILIO MORA MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.704, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa ASEGURADORA SEGUROS CARACAS LIBERTY MUTUAL, C.A. , Inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, anotada bajo el N° 16, Tomo 189 de fecha 9-07-99, parte demandada en el presente juicio; este Tribunal HOMOLOGA dicha TRANSACCIÓN en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados; ordenándose proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo del Expediente. Cúmplase.
El Juez Titular,

Henry José Agobian Viettri
La Secretaria Accidental

Ghilda Jiménez Mijares






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