REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2007-001224
Vistos los escritos de Promoción de Pruebas, presentados en fecha 08 de abril y 14 de abril de 2.008, por los abogados en ejercicios CARLOTA SALAZAR CALDERON y RAFAEL CABRERA, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 29.344 y 10.397 respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales de la parte demandada, y el siguiente presentado en fecha 16 de abril de 2.008, por el ciudadano Richard José Salloum Mujica, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 13.168.395 en su carácter de parte actora, asistido por la abogada en ejercicio Claudia Muñoz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87.452, por cuanto dichas pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto a la oposición planteada por la parte demandada en su escrito de fecha 30 de abril de 2.008, a la prueba de exhibición promovida por la parte actora en el capitulo III de su escrito de pruebas de fecha 16 de abril de 2.008, este Tribunal desecha la misma por cuanto observa que para el momento en que fue planteada dicha oposición, ya habían transcurrido seis días de despacho desde que las pruebas se agregaron a los autos, lo cual hace que la referida oposición resulte a todas luces extemporánea y así se declara.
Para la evacuación de las Pruebas contenidas en el Capítulo Segundo del Escrito de Promoción de Pruebas de la parte demandada: Se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Décimo de Municipio del Area Metropolitana de Caracas, para que fije el día y la hora en que deberán comparecer por ante ese Tribunal los ciudadanos: YAMILETH DEL CARMEN MUJICA FERMIN, JESUS A. PEREZ FERMIN, CARMEN E. PEINADO BERNAEZ y DORIS CISTINA E. PEINADO BERNANEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Caracas y titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.328.007, 8.337.474, 1.143.022, 8.301.700, respectivamente, a rendir sus declaraciones. Líbrese Despacho con las inserciones correspondientes y remítase al Tribunal Comisionado, junto con Oficio. Anéxese Copia Certificada del Escrito de Promoción de Pruebas. Se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado del Municipio Maturín del Estado Monagas, para que fije el día y la hora en que deberán comparecer por ante ese Tribunal los ciudadanos: MARCEL PEREZ FERMIN, EULISES MOYA FERMIN, JORGE LUIS MUJICA FERMIN y CARLOS E. MUJICA FERMIN, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Maturín y titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.337.510, 11.420.973, 8.317.277 y 8.301.700 respectivamente, a rendir sus declaraciones. Líbrese Despacho con las inserciones correspondientes y remítase al Tribunal Comisionado, junto con Oficio. Anéxese Copia Certificada del Escrito de Promoción de Pruebas.
Para la evacuación de las Pruebas contenidas en el Capítulo Tercero del Escrito de Promoción de Pruebas de la parte demandante:
Se ordena la intimación, mediante Boleta, de la ciudadana ACACIA DEL VALLE FERMIN PEINADO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 1.154.437, para que comparezca respectivamente por ante este Tribunal a las diez de la mañana del quinto día de Despacho siguientes a la constancia en autos de su intimación bajo apercibimiento, a exhibir el original de los documentos de venta de los inmuebles pertenecientes a la Sucesión Rosa Peinado de Villarroel; declaraciones, así como gastos realizados a favor de la Sucesión Rosa Peinado de Villarroel, por ante el SENIAT; recibos y facturas originales de todos los gastos realizados a favor de la Sucesión Rosa Peinado de Villarroel y estados de cuentas bancarias donde fue depositado el dinero por concepto de venta de los inmuebles pertenecientes a la Sucesión Rosa Peinado de Villarroel.
Para la evacuación de las Pruebas contenidas en el Capítulo Cuarto del Escrito de Promoción de Pruebas de la parte demandante:
Se fija las diez de la mañana del décimo quinto día de Despacho siguiente a la presente fecha para el traslado y constitución del Tribunal en la Oficina de Catastro ubicada en la Planta Baja del Edificio de la Alcaldía Consejo Municipal de la Ciudad de Puerto La Cruz, situada en la Avenida Municipal cruce con Calle Venezuela, para la práctica de la Inspección Judicial promovida por la parte actora. Líbrense Despachos y oficios. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Henry Agobian Viettri
La Secretaria Accidental,
Amelia del Valle Salazar
HAV/ah.-
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