ASUNTO Nº BP02-M-2008-000122
Interlocutoria: Mercantil
Disolución de Compañía
AURELIO FERNÁNDEZ Vs.
RENY CALDERIN y otros
05/05/2.008
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

Vista la diligencia que antecede, de fecha 21 de Abril del 2.008, suscrita por el Abogado SAMUEL DARÍO RAMÍREZ POTTELLA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.962 y de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, mediante la cual desiste del procedimiento en el juicio que por Disolución de Compañía ha incoado el ciudadano AURELIO FERNÁNDEZ-CONCHESO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.604.977 y domiciliado en Caracas, contra la Empresa CRAY COMERCIAL, INC. y la SUCESIÓN DE MORRIS CURIEL y NORMA CURIEL y los ciudadanos PABLO RUGGERI ORSINI, MICHAEL MADURO, GIOCONDA MARQUES, JESÚS TILLERO, LUÍS FUENMAYOR, ANTONIO CABRERA, RAÚL LYON, JULIO LÓPEZ, PEDRO LUÍS RUGGERI, LUÍS CALDERÓN, PEDRO CABRERA, SYDNEY MADURO, EFRAÍN LONGART, CESAR ROMERO, ALEXANDER RENDÓN, MARCOS TORRES, RAFAEL TILLERO, CARLOS MONTERO, JOSÉ FERMÍN, ANTONIO MÁRQUEZ, OSCAR FIGUERA y SERGIO RAMOS; este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones contenidos en su diligencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio. Archívese el Expediente. Cúmplase.
El Juez Titular,

Henry José Agobian Viettri
El Secretario Accidental,

José Alberto Figuera
/Amelia