REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-002087
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana Laura Esther Fermín, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.300.532, de este domicilio, asistida por el abogado José Angel Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.499, mediante el cual solicitó que tanto ella como sus hermanos, ciudadanos: Josefina Osorio Fermín, Antonio Marcelino Fermín, Eny José Fermín, Zaida Virginia Fermín, Yraida Leonor Osorio Fermín, Edgar José Osorio Fermín y José Gregorio Fermín, sean declarados Únicos y Universales Herederos, del de Cujus Oscar Enrique Fermín, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 4.500.058. Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos María Barreto Rodríguez y José Antonio Reyes Reyes, identificadas en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de Únicos y Universales Herederos del de Cujus Oscar Enrique Fermín, a los ciudadanos Josefina Osorio Fermín, Antonio Marcelino Fermín, Eny José Fermín, Zaida Virginia Fermín, Laura Esther Fermín, Yraida Leonor Osorio Fermín, Edgar José Osorio Fermín y José Gregorio Fermín, en su condición de hermanos; dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
El Juez Provisorio.,
Abg. Jesús Gutiérrez Díaz.
La Secretaria.,
Abg. Mirla Mata Rojas.