REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-002262
Admitida como fue en fecha 19 de mayo de 2.008, la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, por el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, presentada por la ciudadana Deisy Beatriz Buriel de Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.007.257, actuando en nombre y representación de la ciudadana Noris Josefina Buriel Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.673.994; asistida por el abogado Víctor Prieto Melo, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 76.580, solicitando se ordene la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana Noris Josefina Buriel Martínez, la cual fue presentada por ante la Prefectura del Distrito Bolívar Municipio San Cristóbal, del Estado Anzoátegui, en fecha 14 de mayo del año 1.954, quedando asentada en el acta bajo el No. 555 de los Libros de Registros de Nacimientos llevados por dicha Prefectura. El error denunciado consiste en que en el libro de la Prefectura del Distrito Bolívar Municipio San Cristóbal, del Estado Anzoátegui, la partida de Nacimiento de dicha ciudadana, se incurrió en el error de asentar el nombre de su madre como Lola Martínez de Buriel siendo lo correcto Luisa Dolores Martínez de Buriel, tal como se evidencia de la partida de nacimiento de su hermano el ciudadano Marco Antonio Buriel Martínez, copia de la partida de nacimiento de su hermano el ciudadano Armando José Buriel Martínez, copia de la cédula de identidad y acta de defunción de la ciudadana Luisa Dolores Martínez de Buriel, y demás anexos descritos en el escrito de solicitud, los cuales corren insertos a los autos, es por lo que solicitó se rectifique dicha partida en el sentido de que se indique el verdadero nombre de su madre.- Probado como ha sido lo alegado, lo cual no amerita tramitación de un juicio ordinario de Rectificación De Partida De Nacimiento, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena en forma sumaria al Prefecto del Municipio Simón Bolívar y al Registrador del Principal del Estado Anzoátegui estampar la debida nota marginal

en la Partida de Nacimiento de la ciudadana Noris Josefina Buriel Martínez, en el sentido que donde dice Lola Martínez de Buriel siendo lo correcto Luisa Dolores Martínez de Buriel.- En tal sentido se ordena expedir copia certificada de la presente decisión y remitir al Organismo antes señalado.- Así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despachos del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil ocho (2.008). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz.
LA SECRETARIA,


Abg. Mirla Mata Rojas.
En esta misma fecha anterior, siendo las 03:20 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión, previa las formalidades de Ley.- Conste,
LA SECRETARIA,


Abg. Mirla Mata Rojas.