REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2008-001392

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: JUANA FRANCISCA TABEROA DE NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.178.216, debidamente asistida por la Dra. ROSA TORREALBA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.145, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: LUIS BARRERO y ROSA ELENA REYES DE VEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.189.851 y 1.192.263, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a la solicitante; que conocieron a su difunta madre ANA JOSEFA TABEROA GARCIA; que les consta que su madre tuvo cuatro (4) hijas de nombres JUANA FRANCISCA, FAUSTINA, RITA y SANTA DOMINGA TABEROA GARCIA; que saben y les consta que SANTA DOMINGA TABEROA GARCIA, falleció el 10 de Septiembre de 1.939; que les consta que RITA TABEROA falleció el 15 de Mayo de 2.005; que les consta que JUANA FRANCISCA TABEROA DE NUÑEZ, su hermana FAUSTINA TABEROA y su difunta hermana RITA TABEROA, son las únicas y universales herederas de ANA JOSEFA TABEROA GARCIA, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a las ciudadanas, JUANA FRANCISCA TABEROA DE NUÑEZ y FAUSTINA TABEROA, COMO LAS UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de su causante ANA JOSEFA TABEROA GARCIA, dejando a salvo los derechos de terceros.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.

HPG/lorena.-