REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-002068
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO que antecede presentada por el ciudadano ELEAZAR SUAREZ GAMES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.151.025, y de este domicilio, asistido por el abogado CARLOS JOSE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.269, mediante la cual solicita Título suficiente de propiedad sobre un vehículo automotor, Marca: MARCA: Honda, MODELO: Civic Ex, SERIAL DE CARROCERIA: 1AGEJ1252PL017345: SERIAL DEL MOTOR: 4 CIL, CLASE: Automóvil, TIPO: Coupe, AÑO: 1993, PLACA: BBE-77E, USO: Particular, COLOR: Rojo.
Visto igualmente, las resultas del oficio remitido a éste Juzgado por Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, delegación Barcelona Estado Anzoátegui, mediante el cual manifiesta que el vehículo sobre el cual se solicita título suficiente de propiedad, anteriormente descrito, no presenta solicitud alguna por ante esa institución hasta la presente fecha; y vistas asimismo, las declaraciones de los testigos ciudadanos ROBERTO ANTONIO GARCIA y RAMON AUGUSTO DIAZ, identificados en sus declaraciones de fecha Catorce (14) de Mayo de 2.008, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes, a lo que se refiere dicha solicitud; este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones, para asegurarle al ciudadano ELEAZAR SUAREZ GAMES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.151.025, sus derechos de propiedad sobre un vehículo automotor MARCA: Honda, MODELO: Civic Ex, SERIAL DE CARROCERIA: 1AGEJ1252PL017345: SERIAL DEL MOTOR: 4 CIL, CLASE: Automóvil, TIPO: Coupe, AÑO: 1993, PLACA: BBE-77E, USO: Particular, COLOR: Rojo.
Se devuelven estas actuaciones en originales con sus resultas al interesado. Déjese copia de la solicitud y nota libro correspondiente.
El Juez Suplente Especial,
Dr. Pedro Rafael Mejia. La Secretaria,
Abg. Doris Rojas de Nadales.