REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000369
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CRUZ ALVERLIS SILVA, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.621.596 y de este domicilio, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de una, casa, de uso permanente, ubicada en la calle Tamanaico c/c callejón 24 de julio casa N. 56-81, sector Caurimare II de San José de Guanipa, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Callejón 24 de julio ; SUR : Terreno que no es o fue de Freddy Marín; ESTE: Calle Tamanaico que es su frente y OESTE: Terreno que es o fue de Maria de Pereira.- Dichas bienhechurias consisten en una casa de techo de asbesto, paredes de bloques de cemento y piso de cemento, constante de cuatro habitaciones, una cocina, una sala comedor, dos baños, un corredor, un porche, y un garaje.- La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano CRUZ ALVERLIS SILVA ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA