REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000702
ASUNTO: BP12-S-2008-000702
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO SIFONTES GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.455.846, domiciliado en Avenida Valmore Rodríguez Nº 1, sector La Charneca El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistido de abogado, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno municipal.- Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Carmen Centeno, midiendo (10,30mts) SUR: Con Avenida Valmore Rodríguez, midiendo (10,30).-ESTE: Casa de Estilita de Bermúdez, midiendo (27,50mts) y OESTE: casa de Nancy Guevara, midiendo (27,50).- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit y enrejado con cabillas, puertas y ventanas, totalmente cercada con paredones de bloque de cemento, piso de cemento, friso liso, constante de tres habitaciones, una sala comedor, dos baños con cerámicas en piso y paredes, cocina, garaje, un porche, totalmente enrejado con portón, puertas y ventanas.- El costo total de dichas bienhechurias es de OCHENTA MIL DE BOLIVARES (Bs. 80.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos RICHAR LLOVERA y DEYANIRA GUZMAN, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JOSE GREGORIO SIFONTES GAMBOA, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,


Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.
Constante de seis (06) folios útiles se devuelve original con sus resultas al solicitante.-
Conste.-
LA SECRETARIA.,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA