REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciséis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003729
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA MATILDE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.939.030, y de este domicilio,, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre una bienhechuria en terreno municipal, consistente en una casa, ubicada en la Calle Arismendi, casa s/n, sector San José de El Tigre, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Con calle Arismendi; SUR: Con casa que es o fue de Miriam Guerra ; ESTE: Con casa que es o fue de Olis de Meneses.- OESTE: Con casa que es o fue de Danany Yancel.- Dichas bienhechurias consisten: en una casa de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, constante de cuatro ventanas, tipo basculante, dos puertas metálicas, dos puertas entamboradas, instalación de aguas negras y blancas, electricidad interna e interna, dos habitaciones, un baño.- El valor de las mencionadas bienhechurias es de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ROSA MATILDE MARTINEZ ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA