REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintitrés de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004437
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO CEDEÑO , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.461.788, domiciliado en la Cuarta Carrera Sur Nº 13 El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistido de abogado, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno municipal que mide (230mts2).- Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Cuarta Carrera Sur; SUR: Casa que es o fue de de Antonio Quijada.-ESTE: Casa que es o fue de Carolina Edwarts Cedeño y OESTE: casa que es o fue de Luís Alberto Villarroel.- Dichas bienhechurias consta de una casa de de bloques de cemento,`piso de cemento, techo de zinc, cuatro habitaciones, una sala comedor, una sala de estar, una cocina, un lavandero, dos baños y un garaje.- El costo total de dichas bienhechurias es de CUARENTA MIL DE BOLIVARES (Bs. 40.000,oo) sin incluir el terreno, y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos REINALDO LUGO y RAMON LEON, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ANTONIO CEDEÑO, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,


Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA