REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, seis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000151
ASUNTO: BP12-S-2008-000151
Vista la solicitud presentada por la ciudadana DIONISIA MARQUEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.440.109, domiciliada en El Tigrito, Municipio San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada SORILY CARREÑO SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el nro. 106.411, donde solicita se le conceda Título Supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentara a expensas propias, con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Bolívar de San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, sobre una parcela de terreno Municipal, de aproximadamente Ciento Veintidós con Ochenta metros cuadrados (122.80 mts.2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle del Carmen, midiendo ocho metros (8 mts.); SUR: Terreno o casa que es o fue de Jesús Lira, midiendo ocho metros (8 mts.); ESTE: Local y Construcción que es o fue de la Señora Argelia Márquez, midiendo quince con setenta metros (15.70 mts.), y OESTE: Local y vivienda que es o fue de Gisela Márquez, midiendo Quince metros (15 mts.). El valor invertido es la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.F. 4.000,°°); y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, ciudadanos ONEIDA JOSEFINA LOPEZ RONDON y NELSY ULINA CONTRERAS BARRIOS, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana DIONISIA MARQUEZ DIAZ,, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Dra. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA-
Constante de siete (07) folios útiles se devuelve original con sus resultas a los solicitantes.-Conste.-
LA SECRETARIA.,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.