REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, seis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000792
ASUNTO: BP12-S-2008-000792
Vista la anterior solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO y los anexos que le acompañan, presentada por el ciudadano LUIS JOSE PIÑERO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.062.411 de este domicilio, debidamente asistido por la abogada Eligia Coromoto Barrios, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96574, mediante el cual solicita que sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto LUIS ENRIQUE PIÑERO PINTO, fallecido Ab-intestato el día 19/12/2007.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” LUIS ENRIQUE PIÑERO PINTO, a los ciudadanos : LUIS JOSE PIÑERO RODRIGUEZ y YOLANDA AMALIA ESTIBENSON DE PIÑERO, titulares de la Cédula de Identidad Nro. 10.062.411 y 463.257 respectivamente, en su carácter de madre e hijo, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
La Juez Temporal.,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
La Secretaria,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA