REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dos de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001037
ASUNTO: BP12-S-2008-001037

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana: NANCY RAMONA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.509.018, domiciliada en la Calle Tamanaico Nº 26-63, Sector Vista Al Sol, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado RUBEN VICENT ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.068, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno de propiedad Municipal, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con Judeima Rivas La Rosa, midiendo Veinte Metros con Diez centímetros (20,10Mts); SUR: Con Franklin Hernández, midiendo Veinte Metros con Diez centímetros (20,10Mts); ESTE: Con Carmen Rogelio Hernández, midiendo Quince Metros con Noventa Centímetros (15,90 Mts) y OESTE: Con Calle Tamanaico, que es su frente, midiendo Quince Metros con Treinta Centímetros (15,30 Mts).- Dichas bienhechurias consisten en una Fabrica en construcción de paredes de bloques de cemento, constante de: Cuatro (04) Habitacines, tres (03) baños, Sala-Comedor, Cocina, Porche y Lavandero.- El valor invertido es por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos CARMEN ELOINA ARCIA DE ROMERO y ROSA ODALIZ RODRIGUEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 8.321.249 Y 10.565.121, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana NANCY RAMONA HERNANDEZ, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ