REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cinco de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001147

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano RUBEN JOSE FIGUERA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 4.006.167, de este domicilio, asistido por el abogado JOSE GREGORIO ARTHUR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.946, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno propiedad del Instituto Nacional de tierras, el cual mide aproximadamente 560,6735, hectáreas ubicado en Jurisdicción del Municipio Autónomo Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, y comprendida dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Fundo La Fe, SUR: Fundo Doña Luisa; ESTE: Fundo Camoruco; y OESTE: Fundo Moriche Solo.- Dichas bienhechurias consisten en una casa de campo, constituida por dos habitaciones, dos baños, una sala-comedor-cocina, construida con paredes de bloque de cemento, techo de zinc, puertas de hierro, piso de cemento, un corral de tubos, una quesera con paredes de bloque de cemento y techo de zinc, un tanque para agua de hierro (3 x 5 mts); un pozo perforado de agua profundo que mide 96 metros, con su respectiva planta eléctrica.- El terreno esta cercado con cuatro pelos de alambre de púas y estantillos de madera.- El valor invertido es por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos EFREN ANTONIO HERNANDEZ GUACHE y FRANKLIN JOSE CHACON CAMAUTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 10.937.437 y 13.498.034, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce el ciudadano RUBEN JOSE FIGUERA, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ