REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de mayo de dos mil ocho
197º y 149º
Acta de Audiencia (Desistida por incomparecencia)
ASUNTO: BP02-L-2008-000090
PARTE ACTORA: La ciudadana JENIFER CRISTINA HERNÁNDEZ QUIJADA, titular de la cédula de identidad No. 12.672.174.
ABOGADOS APODERADOS DE LA ACTORA: Las Procuradoras de Trabajadores, las abogadas MIRJAN BARRETO, NUSBELYS VARGAS y JUAN MOISES LÓPEZ GUAITA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 16.541, 75.478 y 87.067.
DEMANDADA: INVERSIONES MARTINIQUE, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: VIRGILIO RAFAEL PADILLA SIFONTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 80.777.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veintisiete (27) de mayo de 2008, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma por la demandada INVERSIONES MARTINIQUE, C.A., el abogado VIRGILIO RAFAEL PADILLA SIFONTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 80.777, así mismo, se deja constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149° y 197°.
El Juez
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Elaine Quijada.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:19 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Elaine Quijada.
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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