ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2008-000255
PARTE ACTORA: PEDRO SARMIENTO. “No compareció”
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DASMARYS ESPINOZA. “No compareció”.
PARTE DEMANDADA: U E SALOMON DE LIMA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HECTOR J. FRANCESCHI G.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy catorce de mayo de dos mil ocho, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiere el ciudadano PEDRO CELESTINO SARMIENTO INFANTE, contra la U. E. SALOMON DE LIMA, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley a las partes involucradas en la presente causa, solo compareciendo el apoderado judicial de la demandada, abogado en ejercicio HECTOR J. FRANCESCHI G, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 39.881, según se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °. Cúmplase.
El apoderado judicial de la demandada solicita copia certificada de la presente decisión, el tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
El Compareciente:
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 2:06, p.m., se publico la anterior decisión. Conste:
La Secretaria,
MJCG/LCRH.-
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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