REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-L-2004-001210

Del estudio minucioso de las actas que conforman el presente expediente, observa el Tribunal que se presentó escrito de reforma de demanda, la cual riela a los folios del 45 al 70, ambos inclusive, en donde la parte actora demanda a las empresas CONSORCIO HOCES, C.A., VENEZOLANA DE INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CLERICO, C.A. (VINCCLER, C.A.), CONSORCIO DELL’ ACQUA y SINCRUDOS DE ORIENTE, S.A. “SINCOR”, el Tribunal Tercero de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, admite la reforma en contra de las empresas CONSORCIO HOCES, C.A., VENEZOLANA DE INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CLERICO, C.A. (VINCCLER, C.A.), SINCRUDOS DE ORIENTE, S.A. “SINCOR”, en fecha 27 de abril de 2005, e incurre en error al admitir la reforma en contra de la empresa CONSORCIO DEL ACQUA BARSANTI, lo cual se evidencia del folio 74 y 75, librándose las correspondientes carteles a cada una de las empresa demandadas, pero por cuanto no se admitió la demanda en contra de la empresa CONSORCIO DELL’ ACQUA, este juzgador en estricto acatamiento al DEBIDO PROCESO y a la TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, REPONE la causa al estado de admitirse SOLAMENTE la reforma en contra de la empresa que se obvio admitir en fecha 25 de abril de 2005, vale decir CONSORCIO DELL’ ACQUA, en cuanto a las demás empresas demandadas todas se encuentran en derecho, en consecuencia se deja sin efecto el acta de instalación de audiencia preliminar de fecha 05 de mayo de 2008. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se REPONE LA CAUSA, conforme a lo ya establecido. Así se decide.
El Juez,


Abg. Leonardo Blanco Pérez,
La secretaria,

Abg. Evelín Lara García
En la misma fecha de hoy, siendo las 03:17 de la tarde se publicó la anterior decisión.

La secretaria,

Abg. Evelín Lara García