REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-002072
Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR EXPEDICION DE PASAPORTE, propuesta por la ciudadana KETTY JOSEFINA SALAS MARIANI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.938.970, actuando en nombre y representación de su hija la adolescente xxxxxxxx, asistida por la abogada MARTHA AGUILERA, en su carácter de Defensora Publica Tercera de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constantes de cuatro (04) folios útiles. Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, acuerda: 1) Notificar del Inicio del presente procedimiento a la ciudadana Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Líbrese boleta de notificación.- Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.-


DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-
AJD/Alicia.--