REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Catorce (14) de mayo de 2008.
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2008-000227

DEMANDANTE OLIVIA PINTO DA SILVA. TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD No. 25.389.397
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDANTE: ABG. JOIC YANEZ M Y JUAN RAFAEL CHINA. INPREABOGADO NUMNEROS 94.691 y 77.520 RESPECTIVAMENTE.
EMPRESA DEMANDADA: OXFORD PUERTO LA CRUZ, C.A.
APODERADO DE LA EMPRESA DEMANDADA: ABG. RONALD JOSE FUENTES MORENO. INPREABOGADO No. 96.434.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy Catorce (14) de mayo de 2008, siendo las 11:00 de la mañana, fecha y hora fijada para llevarse a cabo la Prolongación de la audiencia Preliminar en la presente causa y continuar con el proceso de Conciliación y Mediación. Anunciada la Audiencia Preliminar por el ciudadano Alguacil designado a tales efectos y ordenada como ha sido por la Ciudadana Jueza la verificación de la asistencia de las partes, se constató que para este acto se encuentran presentes, la demandante, ciudadana OLIVIA PINTO DA SILVA, titular de la cédula de identidad No. 25.389.397, el apoderado judicial de la demandante, abg. JOIC YANEZ M. inpreabogado No. 94.691; También está presente el apoderado judicial de la empresa demandada, abogado, RONALD JOSE FUENTES MORENO, Inpreabogado No. 96.434. Seguidamente y estando los comparecientes en el conocimiento de las reglas mínimas a seguir en el desarrollo de esta Audiencia, interviene la ciudadana Jueza quien preside este acto para manifestarles a los comparecientes los mecanismos que les brinda el nuevo proceso laboral para que en el menor tiempo sean resueltas sus controversias, como son la conciliación y la Mediación, asi proceden los comparecientes a revisar lo demandado así como la Ley sustantiva del trabajo y Seguidamente intervienen para manifestar: A los fines de dar por terminado la presente causa, hemos llegado las partes a un feliz termino en el presente asunto, y en vista de ello hemos decidido suscribir una Transacción, la cual queda redactada en el texto de esta acta, y en este sentido interviene el apoderado judicial de la empresa demandada y expone: Solo con el ánimo de poner fin al presente litigio y sin que bajo ninguna circunstancia mi representada reconozca a la demandante los conceptos y montos demandados a que hace referencia en su escrito libelar, asi como el despido alegado, en nombre de mi representada ofrezco a la demandante, la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES FUERTES (BsF.9.000.,oo), para ser pagados el día cinco (05) de junio de 2008. La cantidad ofrecida comprende el pago de todos y cada uno de los conceptos libelados, así como las indemnizaciones demandadas en el escrito libelar; y cualquier otro concepto que pueda derivarse de la prestación del servicio alegado por la actora. Es todo. Seguidamente interviene la parte demandante, quien se encuentra personalmente en este acto y expone: Con el ánimo de dar por terminado el presente litigio, manifiesto de manera libre, espontánea y voluntaria, que acepto la cantidad ofrecida por la empresa demandada y en los terminos señalados. Es todo. Seguidamente ambas partes de mutuo y común acuerdo, solicitan de la Jueza que preside este acto la homologación de la transacción en los términos aquí expuestos y que en vista del carácter de cosa juzgada de por terminada la presente causa y ordene el archivo del expediente respectivo una vez que conste en autos el pago aquí ofrecido por la demandada; asimismo solicitamos nos sea expedida una copia certificada de la presente Transacción. Es todo. Oídas las exposiciones de las partes y los términos en que han establecido la transacción, producto de la mediación en la presente causa; Esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo transaccional presentado por las partes en esta audiencia y en cuanto a que de por terminada la presente causa y se ordene el archivo del expediente una vez que conste en autos el pago ofrecido, así lo acordará. Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas. Concluida la Audiencia y habiendo finalizado a través de la Transacción que se acaba de Homologar, hace entrega a las partes de los correspondientes escritos de Promoción de Pruebas los cuales fueron presentados en su oportunidad legal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal

Abg. Sofía Acosta Salazar.


La Secretaria

Abog. Maria Carmona..


La Demandante: ____________________

Apoderado Actor: _______________________.

Apoderado Demandado: _______________________.





“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”