REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-004999
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana YECENIA DEL CARMEN VIZCAINO TORRES, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.783.969, de este domicilio, asistida por la abogada MAYRAM CANOZO DE GRISANTI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.256, y los recaudos acompañados, mediante el cual solicita que ella y los ciudadanos PEDRO MARCELINO AVILA ROJAS, CARMEN SEFERINA AVILA TORRES, AMABELYS TAMARA AVILA TORRES, PEDRO JOSÉ AVILA TORRES, JOSÉ ELEAZAR VIZCAINO TORRES, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus IRAIDA DEL VALLE TORRES DE AVILA, quien falleció ab- intestato el día 12 de septiembre del año 2008, en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados, y las declaraciones contestes rendidas ante este Tribunal por los ciudadanos Paula Del Carmen Aristimuño y María De Lourdes Morocoima Barrios, identificadas en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara, las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus IRAIDA DEL VALLE TORRES DE AVILA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.905.039, a su esposo ciudadano PEDRO MARCELINO AVILA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.944.737 y a sus hijos de nombres; CARMEN SEFERINA AVILA TORRES, AMABELYS TAMARA AVILA TORRES, PEDRO JOSÉ AVILA TORRES, JOSÉ ELEAZAR VIZCAINO TORRES y YECENIA DEL CARMEN VIZCAINO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.230.138, 8.252.366, 8.255.955, 13.783.941 y 13.783.969, respectivamente, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al interesado y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
EL JUEZ PROV.,
ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.