REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-F-2008-000363
Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha treinta (30) de octubre de 2008, por los ciudadanos Edward José Vera Douglas y Yamilet Josefina Nicolás Larez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.317.106 y 15.191.417, respectivamente, asistidos por el abogado Jaime Nicolás Marcano, inscrito en el Inpreabogado con el N° 85521; mediante la cual solicitan ejecución de sentencia, expedición de copias certificadas y homologación del convenimiento suscrito por ellos en el escrito de solicitud de divorcio y ratificado en la diligencia antes señalada, el Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se decreta la ejecución de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha siete (07) de agosto del año 2008, se ordena expedir copias certificadas solicitadas con inserción de la anterior diligencia y del presente auto, y asimismo HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos Edward José Vera Douglas y Yamilet Josefina Nicolás Larez, antes identificados, en los mismos términos y condiciones por ellos suscrito, asimismo se le adjudica en plena propiedad a la ciudadana Yamilet Josefina Nicolás Larez, el inmueble suficientemente identificado en autos, para lo cual se ordena oficiar a la Empresa Inversiones El Tesoro, C.A; igualmente se ordena la devolución de los documentos originales anexados a la diligencia antes identificada, previa su certificación en autos.- Expídase copias certificadas, líbrense oficios y devuélvanse originales.-
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,


Abg. MIRLA MATA ROJAS

En esta misma fecha se solicitan fotostatos para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA